Informamos que el Gobierno Nacional, mediante el Decreto 833/2020, extendió hasta el 30 de noviembre el plazo de adhesión a la moratoria para regularizar deudas tributarias, aduaneras y previsionales.

De esta forma, pymes, comerciantes, profesionales, grandes empresas, monotributistas, autónomos, cooperativas y entidades sin fines de lucro tendrán hasta fin de mes para la solicitud de ingreso a la Ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, aunque se mantiene la fecha original del 16 de diciembre para el pago de la cuota inicial.

Además, se establece la misma extensión de tiempo límite para tramitar y obtener el “Certificado MiPyme” ante la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores del Ministerio de Desarrollo Productivo.

Las empresas e individuos que cuenten con el certificado vigente al momento de adhesión podrán acceder a 120 cuotas para pagar sus deudas tributarias y aduaneras, y a 60 cuotas para los aportes de la seguridad social.

El resto de los contribuyentes podrá ingresar sus deudas tributarias y aduaneras en planes de facilidades de hasta 96 cuotas, y contará con plazos de hasta 48 meses para las obligaciones previsionales.

El auxilio impositivo de la AFIP prevé, además, una condonación parcial de intereses y total de multas, con una tasa de interés fija del 2% mensual hasta mayo de 2021, y a partir del mes siguiente se aplicará una tasa variable en pesos.

Recordamos que la ley tiene por objeto la regularización de deudas vencidas hasta el 31 de julio pasado.

Las solicitudes para ingresar a los planes de regularización de deudas con AFIP se realiza por medio del sitio web oficial del organismo.

 

Fuente: Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME)