Informamos que el Gobierno Nacional, por medio del Decreto 789/2021, determinó cuáles van a ser los feriados del próximo año. Cabe destacar que el 2022 contará con cuatro fines de semana largos, de cuatro días cada uno.
Los mismos serán:
Respecto a los feriados, el Art. 166 de la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo dispone en su primera parte: “En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical”. Completándose en la segunda parte del mismo artículo: “En caso que presten servicios en tales días, cobrarán remuneración normal de los días laborales más una cantidad igual”.
Por tanto, si bien no es obligatorio para el trabajador prestar servicios, a aquellos empleados que decidan de común acuerdo con el empleador desempeñar sus tareas normalmente ese día se les deberá liquidar un jornal adicional dispuesto en el artículo mencionado. Asimismo, recordamos que los propietarios no están obligados a cerrar los establecimientos.
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Fuente: Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME)