Informamos que la AFIP, a través de la Resolución General 4783/2020, extendió hasta el 30 de septiembre el plazo para que monotributistas y autónomos puedan solicitar créditos a tasa cero mediante el sitio web de AFIP de hasta 150 mil pesos.


Al efectuarse el desembolso de cada cuota del crédito, la entidad bancaria cancelará el monto equivalente a la obligación del período fiscal que corresponda, según el sujeto de que se trate, conforme se detalla a continuación:

Pequeños contribuyentes:

Trabajadores autónomos:

Las citadas entidades deberán efectuar la cancelación de los Volantes Electrónicos de Pago (VEPs Consolidados) a través de su red de pagos dentro de los 3 días hábiles siguientes contados desde la generación, fecha en la cual expirarán.

Cabe recordar que esta línea específica contempla un período de gracia de doce meses a partir de la primera acreditación y, a partir del mes siguiente a la finalización de ese lapso, el crédito se reembolsará en un mínimo de doce cuotas mensuales iguales y consecutivas.

De acuerdo con lo dispuesto, al efectuarse el desembolso de cada cuota del préstamo, la entidad bancaria cancelará el monto equivalente a la obligación del período fiscal que corresponda, según el sujeto de que se trate.

La AFIP pondrá a disposición del Banco Central la nómina de beneficiarios del “Crédito a Tasa Cero” y del “Crédito a Tasa Cero Cultura”.

Para acceder a los pasos a seguir para solicitar los créditos, clic aquí.

Para acceder a la Resolución General 4783/2020, clic aquí.

 

Fuente: Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME)