Esa certera frase, debería constituir por estos días una verdadera regla de convivencia social.
Los abajo firmantes queremos hacer llegar nuestro AVAL Y RESPALDO al accionar del Poder Judicial en el conflicto laboral entre trabajadores y la empresa textil, situada en la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe.
Desde hace un tiempo ya, en la ciudad de Reconquista y Avellaneda se viene desarrollando un conflicto laboral que día a día agrava la situación, no solo de los obreros y la empresa involucrada, sino de toda la comunidad. Por un lado, es necesario respetar el legítimo reclamo de los trabajadores para mejorar sus condiciones laborales, pero resulta necesario también comprender que la Empresa rige la relación con sus trabajadores, respetando los respectivos Convenio Colectivos de Trabajo vigentes y aplicables a la industria textil.
Bregamos por la solución del conflicto apostando a retomar los canales de diálogo, contemplando la conservación de los puestos de trabajo y la continuidad de la empresa, teniendo en cuenta especialmente, el contexto de crisis económica, sanitaria y social que estamos transitando.
Este conflicto ha generado denuncias en sede penal por parte de los distintos sectores que han visto afectados sus derechos. Frente a esas denuncias, desde la Fiscalía Regional y la Unidad Fiscal se convocó a las partes involucradas a una mediación, a fin de mantener una convivencia pacífica, intentando evitar que cualquier acto o conducta dañe intereses de las partes y/o a terceros, evitando la profundización del problema.
Una vez, agotada la instancia de mediación y, frente a hechos concretos que afectaron derechos constitucionales de los ciudadanos, el Ministerio Publico de la Acusación solicitó, al Juez de turno, que disponga medidas urgentes para que cese el estado antijurídico. El magistrado actuó en consecuencia, estableciendo la intervención policial para evitar que se cercene derechos de aquellos ciudadanos que necesitaban concurrir a su lugar de trabajo, y a quienes no se lo permitían los trabajadores en conflicto.
Como se manifiesta, el desarrollo de los hechos, ha significado cercenar derechos fundamentales de libre tránsito y trabajo de las comunidades de Avellaneda y Reconquista, lo que ha motivado la intervención de los estamentos de la justicia para reestablecer el orden. Queremos destacar dicho accionar de los órganos jurisdiccionales para garantizar la vigencia de los derechos de TODOS, como bien lo expresa el Artículo 14 de la Constitución Nacional, y tantos otros.
Por todo lo expresado, consideramos que los órganos del Poder Judicial intervinientes, tanto el Ministerio Público de la Acusación como el Juez de investigación Penal Preparatoria, han tenido en cuenta en cada acción o resolución garantizar, por una parte, el derecho de huelga de un sector, pero también el derecho de los demás a trabajar y circular libremente, esta es en definitiva la función del Poder Judicial, la cual AFIRMAMOS y ACOMPAÑAMOS. –
Sin más, saludamos cordialmente. –
EL DERECHO DE UNO TERMINA,
DONDE COMIENZA EL DE LOS DEMÁS. –
Queda aquí SUSCRIPTO nuestro AVAL Y RESPALDO a las actuaciones realizadas por el Poder Judicial narradas en la nota precedentes: