A partir del mes de marzo de 2021, las entidades financieras, entre ellas bancos y empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito, respecto de la protección de la seguridad e intereses económicos de sus usuarios, deberán entregar, previo a la contratación de dicho servicio, “un resumen del contrato –antes de su formalización– enfatizando las cláusulas más significativas para el usuario”.
La medida comunicada por el Banco Central es producto de gestiones realizadas por la diputada provincial Marlene Espíndola y el senador provincial Orfilio Marcón, ante los reiterados reclamos de los usuarios del Nuevo Banco de Santa Fe, donde por medio de operaciones en los cajeros se ofrecía a los usuarios la contratación de seguros de forma confusa e, incluso, en algunos casos estos fueron otorgados pese a no ser aceptados y sufren el débito mensual del costo de dicho contrato.
La norma de “Protección de los usuarios de servicios financieros” tiene el objeto de prohibir las ofertas de contrato de seguros y/o servicios adicionales por medio de cajeros automáticos, induciendo por error a los usuarios a aceptar la contratación de estos productos.