Informamos que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación efectuó una serie de modificaciones y adecuaciones al Programa REPRO II con la finalidad de coadyuvar a aquellas actividades que se vean afectadas por las medidas adoptadas a fin de mitigar la propagación del virus SARS-CoV-2 y su impacto sanitario, hasta el 30 de abril de 2021, inclusive.

La medida, publicada mediante la Resolución 198/2021 , fijó el siguiente monto de los beneficios para los distintos sectores afectados:

  • Sectores afectados no críticos: $ 9.000
  • Sectores críticos: $ 12.000
  • Sector salud: $ 18.000

Podrá acceder al listado con la clasificación de los sectores , haciendo click aquí.

Por otra parte, los empleadores deberán presentar la siguiente información para poder acceder al programa:

  • Nómina de personal dependiente, incluyendo la remuneración total y la Clave Bancaria Uniforme de la trabajadora o del trabajador.
  • Balance correspondiente al último ejercicio cerrado de acuerdo a la normativa vigente en la materia, certificado por el Colegio de Profesionales de Ciencias Económicas. La certificación podrá ser hológrafa o digital.
  • Formulario digital con información económica, patrimonial y financiera del empleador o empleadora que solicita el beneficio.
  • Certificación del empleador, o representante legal, de la veracidad de la información incluida en el formulario digital establecido en el anterior punto. Para empleadores cuyas empresas cuenten con 800 o más trabajadores, se requerirá que la certificación esté refrendada por profesional contable y la correspondiente legalización por parte del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la jurisdicción correspondiente.
  • Declaración jurada mediante la cual el titular de la empresa solicitante manifiesta ser sujeto pasivo de la obligación de pago del aporte extraordinario previsto en el artículo 1º de la Ley 27.605 y ha cumplido con dicha obligación.

Además, el programa establece una serie de criterios de preselección y selección para acceder al beneficio.

Por último, una disposición transitoria incluida en la resolución fijó que el monto del beneficio alcanzará un máximo de $18.000 para los salarios devengados del mes de abril correspondientes a trabajadores de sectores críticos.

 

Fuente: Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC)