Les informamos que, según lo determinado en el artículo 7° del Decreto 297/2020 sobre Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, se estableció, por única vez, el traslado para el día 31 de marzo el feriado del 2 de abril.
Les informamos que, según lo determinado en el artículo 7° del Decreto 297/2020 sobre Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, se estableció, por única vez, el traslado para el día 31 de marzo el feriado del 2 de abril.