Informamos que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a través de la Resolución 179/2020, resolvió que los empleadores ya no podrán efectuar el pago de remuneraciones mediante el uso de dispositivos móviles u otros soportes electrónicos habilitados, aun cuando existiere aceptación explícita y fehaciente por parte del trabajador.