En uso de lo dispuesto por la Ley Nacional 27.399, el Gobierno Nacional decretó que los días 2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembre sean DIAS NO LABORABLES CON FINES TURÍSTICOS.
En uso de lo dispuesto por la Ley Nacional 27.399, el Gobierno Nacional decretó que los días 2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembre sean DIAS NO LABORABLES CON FINES TURÍSTICOS.